Mover mercancía propia entre sucursales sin Carta Porte es de los errores más frecuentes. La gente cree que “como es mío” no aplica.
Si hay traslado de bienes, documenta el movimiento con el CFDI que corresponda y su Carta Porte, y conserva evidencia operativa (orden de salida/entrada, etc.). Eso te evita pleitos en auditoría y en carretera.
- P: ¿Aplica entre sucursales? R: Puede aplicar si hay traslado de bienes y se usa vía/operación sujeta.
- P: ¿Se cobra algo? R: No necesariamente; depende del tipo de CFDI.
- P: ¿Cómo lo implemento rápido? R: Plantilla de embarque interno + catálogo de ubicaciones.